Documento acreditativo de situación de dependencia o certificado de médico tratante en caso de declarar que el beneficiario se encuentra en situación de dependencia .
Se entiende por dependencia el estado en el que una persona, por falta o pérdida de autonomía física, psíquica o intelectual, requiere asistencia o ayudas significativas para realizar actividades de la vida diaria, especialmente las relacionadas con el cuidado personal.
Documento acreditativo de patología grave o crónica o certificado de médico tratante en caso de declarar que el beneficiario presenta patologías graves o crónicas.
Se entienden por enfermedades graves o crónicas aquellas que implican limitaciones psicofísicas y demandan erogaciones significativas, como medicamentos o controles periódicos.
Certificado de tratamiento programado o de internación, en caso de que el beneficiario cuente con el beneficio en el período actual y, al momento de postular para el siguiente, se encuentre en alguna de las siguientes situaciones: intervenciones quirúrgicas programadas o en curso; estudios con fecha cierta; tratamientos en curso o programados con fecha de finalización; o internación, incluyendo la domiciliaria.
Prueba documental de ingresos si el beneficiario es una persona comprendida en el numeral D) del Articulo 5 de la Ordenanza 372 (Ver ordenanza)
Declaración jurada sobre la configuración de las condiciones en el caso de personas sin parentesco, pero con vinculación afectiva histórica.
Acreditación debida de esa vinculación afectiva histórica, o en su defecto inspección y posterior informe de asistentes sociales del SCIBU.