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Comunicado de Presidencia del Servicio Central de Inclusión y Bienestar Universitario, 24 de marzo 2021
Montevideo, 24 de marzo de 2021
Visto:
• Las nuevas medidas anunciadas por el Gobierno nacional el pasado 23 de marzo como consecuencia del incremento de contagios por covid-19 en todo el país;
• Las disposiciones adoptadas por el Consejo Directivo Central en sesión del 23 de marzo, que hacen referencia a:
– encomendar a los Servicios Universitarios la reorganización de las actividades presenciales imprescindibles, maximizando los esfuerzos para garantizar la realización de las tareas remotas;
-garantizar el funcionamiento pleno de la Universidad;
Considerando:
• La situación de emergencia sanitaria y su impacto, tanto a nivel social como económico, que profundiza las desigualdades y afecta en mayor medida a sujetos en contextos sociales y familiares más vulnerables;
• Los propósitos y alcance del Servicio Central de Inclusión y Bienestar de la Universidad de la República en cuanto a contribuir al bienestar humano y propender a la inclusión social, educativa y laboral de nuestra comunidad universitaria;
• La responsabilidad de garantizar condiciones de trabajo adecuadas y en cumplimiento con las disposiciones establecidas por las autoridades sanitarias y de la Udelar;
Y haciendo uso de las potestades concedidas por el art. 12 inciso j de la Ordenanza del SCIBU (Res. N° 8 de C.D.C. de 8/XII/2020 – Dist. 806/20 – D.O. 14/XII/2020),
la Presidenta del Servicio resuelve:
1. Que las direcciones, jefaturas y encargaturas de ámbitos administrativos, de servicios y técnicos del SCIBU deberán:
a. Asegurar el funcionamiento de la institución que suspenderá el acceso a públicos externos. Establecer un control y agenda previa de recepción de proveedores y mensajerías en todos aquellos casos que sea posible.
b. Organizar la actividad presencial del funcionariado docente y TAS, garantizando un correcto y debido funcionamiento en aquellas actividades que sean imprescindibles realizarse bajo esta modalidad;
c. Reorganizar las tareas y el tiempo de dedicación semanal a la función en modalidad presencial y/o remota, considerando el horario de contrato de cada funcionario/a docente y TAS.
d. Informar a la Presidencia la reorganización del funcionamiento de cada equipo o espacio de trabajo antes del día viernes 26 de marzo.
2. Exhortar a todo el funcionariado de SCIBU a dar cumplimiento estricto de los Protocolos en vigencia (Ver anexo: Protocolos).
3. Que ante el incumplimiento de las medidas de protección, prevención e higiene previstas en los protocolos antes mencionados se aplicará la normativa vigente relativa a sanciones disciplinarias.
4. Que todas las reuniones o comisiones presenciales en los edificios del Servicio quedan suspendidas (tanto en espacios abiertos como cerrados). Dichas reuniones deberán realizarse haciendo uso de los canales institucionales como Plataforma Zoom, Webex o videollamadas.
5. Que el funcionamiento de los ámbitos programáticos deberá considerar lo siguiente:
a. El Departamento de Programas Sociales deberá priorizar y no postergar la atención administrativa y profesional a estudiantes en situación de vulnerabilidad social. La atención al público será telefónica, por correo electrónico y/o Plataforma Zoom. Los horarios y días de asistencia semanal del equipo técnico y administrativo será reducido y deberá garantizar el debido funcionamiento sin alterar el calendario de ejecución de los programas sociales (especialmente lo que refiere al otorgamiento de becas).
b. El Departamento de Alimentación proyecta retomar el servicio de almuerzo en el Comedor Nº 2 el 5 de abril. Se deberá organizar al personal en dos equipos de trabajo, reduciendo sus días y horarios de asistencia presencial. El Servicio se encuentra elaborando una propuesta para la organización de la modalidad de almuerzo acorde a las disposiciones sanitarias. A su vez, se considerarán otras alternativas de asistencia alimentaria así como estrategias de educación y promoción. Dicha propuesta se presentará a consideración de Comisión Directiva el próximo 6 de abril.
Con respecto al servicio de alimentación que se otorga a través de Cantinas Descentralizadas sus reaperturas, cierres y formas de funcionamiento están sujetas a lo que definan las autoridades de cada Servicio Universitario.
c. Se suspenden todas las actividades deportivas y recreativas presenciales del Área de Deportes, tanto en espacios cerrados como abiertos. Se deberán programar actividades en modalidad virtual.
d. Se suspenden todas las actividades culturales y artísticas presenciales del Área de Cultura, tanto en en espacios cerrados como abiertos. Se deberán programar actividades en modalidad virtual.
e. La División Universitaria de la Salud continuará organizando la agenda de recepción de documentación y entrevistas profesionales a través de los canales de comunicación remotos que ya están en funcionamiento. Se deberá considerar priorizar y no postergar la atención administrativa y profesional de las evaluaciones de aptitud psicofísica para el ingreso, así como juntas médicas de alta prioridad.
f. Sobre el funcionamiento de los ámbitos administrativos y de apoyo a la gestión:
– las dependencias administrativas y servicios de apoyo, tanto a nivel central como las situadas en los diferentes ámbitos programáticos, mantendrán las guardias presenciales y el trabajo remoto que sea plausible de realizarse bajo esta modalidad.
– Se deberá garantizar la vigilancia de los edificios organizándose de acuerdo a las necesidades de cada local.
6. Todo lo anterior rige a partir del 25 de marzo, hasta nuevo aviso.
7. Difúndase por los canales de comunicación oficiales de SCIBU y remítase a Comisión Directiva de sesión del 6 de abril de corriente.
Gabriela Pacci Toriño
Presidenta
Servicio Central de Inclusión y Bienestar de la Universidad de la República
ANEXO: Protocolos
Protocolo General para la realización de actividades en los edificios de la Udelar aprobado por CDC
Protocolo Específico para la realización de actividades en los edificios de SCBU
Protocolos Específicos de las actividades programáticas de SCIBU:
Alimentación en Comedores y Cantinas Descentralizadas
División Universitaria de la Salud